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Convocatoria de una beca de especialización en pastos y forrajes.

RESOLUCION DE 12 DE JUNIO DE 2007, DEL DIRECTOR GERENTE DEL SERIDA, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO Y LA CONVOCATORIA DE UNA BECA DE ESPECIALIZACIÓN EN MATERIA DE PASTOS Y FORRAJES PARA LA COLABORACIÓN EN EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN “Evaluación de la tolerancia y resistencia de maíz forrajero frente a las condiciones estresantes bióticas y abióticas características de la Cornisa Cantábrica”, EN CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO SUSCRITO CON LA FICYT EN FECHA 29 DE MAYO DE 2007

ANTECEDENTES DE HECHO
Formalizado el Convenio de Colaboración entre la FICYT y el SERIDA para el desarrollo de una beca de especialización en materia de pastos y forrajes, y de conformidad con el clausulado del mismo, que prevé la convocatoria con publicidad de la beca, para la selección de la persona que vaya a disfrutar de la misma
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 12.2.a) de la Ley 5/1999, de 29 de marzo, de creación de la Entidad Pública SERIDA, otorga al Director Gerente la competencia en la dirección del organismo, velando por el cumplimiento de sus funciones y objetivos.
Segundo.- La ayuda está dirigida al desarrollo y especialización científica y técnica, no estando vinculada a estudios oficiales de doctorado, siendo por tanto excluida del ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación.
Por todo lo anterior expuesto,
RESUELVO
Primero.- Aprobar el procedimiento y la convocatoria de una beca de especialización en materia de pastos y forrajes, que se incluye como anexo I a la presente Resolución
Segundo.- Ordenar garantizar la publicidad de presente Resolución en los tablones de anuncios de al menos tres Universidades Españolas, así como en la página web del SERIDA (www.serida.org).
Contra la presente Resolución se podrá interponer Recurso de Alzada ante la Presidenta del Consejo Rector del SERIDA y Consejera de Medio Rural y Pesca en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar otro que estimen oportuno.
EL DIRECTOR GERENTE DEL SERIDA

Fdo: Pedro Castro Alonso
Anexo I
BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE UNA BECA DE ESPECIALIZACIÓN EN MATERIA DE PASTOS Y FORRAJES PARA LA COLABORACIÓN EN EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN “Evaluación de la tolerancia y resistencia de maíz forrajero frente a las condiciones estresantes bióticas y abióticas características de la Cornisa Cantábrica”.

1.—Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto fijar las bases para la concesión de 1 beca de especialización en materia de pastos y forrajes en el marco del Convenio suscrito entre la FICYT y el SERIDA, en fecha 29 de mayo de 2007, con carácter de ayuda dirigida al desarrollo y especialización científica y técnica, no estando vinculada a estudios oficiales de doctorado.

2.—Duración y número
La duración de la beca será desde la fecha de su otorgamiento hasta el 31 de diciembre de 2008.

3.—Condiciones de los/las solicitantes

a) Poseer nacionalidad española, o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero/a con permiso de residencia en España en el momento de presentar la solicitud.

b) Haber superado todas las materias para la obtención de la licenciatura en Biología.

c) Haber finalizado los estudios de licenciatura con posterioridad al 1 de enero de 2003.

d) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar reconocidos o convalidados por las autoridades competentes en el momento de solicitar la beca.


4.—Criterios de valoración
La adjudicación de la beca se realizará por Concurso de méritos, en el que se valorará:

A) Expediente académico, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1497/1987, modificado parcialmente por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, en el que se valorará:

- 1) Hasta un máximo de 3 puntos en función de la nota media del expediente.

- 2) Hasta un máximo de 3 puntos por las calificaciones de las asignaturas que a criterio del tribunal estén especialmente relacionadas con el tema, entre las que se encontrarán Fisiología Vegetal, Fisiología Vegetal Ambiental o Ecofisiología, Botánica y Microbiología.

B) La experiencia relacionada con el objeto de la convocatoria en labores, funciones y tareas realizadas en la Administración Pública y/o empresas privadas, así como la participación en proyectos de investigación, publicaciones científicas, técnicas y de carácter divulgativo. Hasta un máximo de 2 puntos.

C) Otros méritos generales: conocimientos de idiomas, conocimientos de estadística y matemáticas, manejo de programas informáticos, premios y distinciones, y cualesquiera otros que convenientemente acreditados por el solicitante sean considerados por el tribunal. Hasta un máximo de 2 puntos.

5.—Solicitudes
Las solicitudes se presentarán, preferiblemente en formato electrónico a la dirección: (seridavilla@serida.org) o en la Secretaría de Dirección del SERIDA hasta el 25 de junio de 2007.

Las solicitudes podrán presentarse, igualmente, en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Las personas solicitantes están de acuerdo en que sus datos personales sean recabados y tratados exclusivamente para el proceso de selección de la beca, no siendo cedidos para cualesquier otro asunto distinto al anteriormente señalado. El responsable del tratamiento de estos datos es el SERIDA. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a su tratamiento se ejercitarán ante esta Entidad Pública, sita en Ctra. de Oviedo s/n. Villaviciosa 33300.

6.—Documentación a presentar con la solicitud
Junto con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
6.1. Fotocopia del DNI del/de la solicitante, en vigor.
6. 2. Currículum Vitae, expediente académico (éste acompañado de certificación de nota media) y fotocopia de los estudios y documentos acreditativos de los méritos alegados, que deberán ser aportados íntegramente para su examen por la Comisión de Valoración y poseerse a la fecha de finalización de presentación de solicitudes. La Comisión no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados.

7.—Tramitación de las solicitudes
El SERIDA revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida. Si resultase que ésta estuviera incompleta o defectuosa, se requerirá a las personas solicitantes para que en el plazo de cinco días aportaren la documentación necesaria o subsane los defectos que se hubieran observado.

8.—Comisión de Técnica de Valoración
8.1. La Comisión Técnica de Valoración estará constituida por los siguientes miembros:
- Presidente titular: Juan José Mangas Alonso, Jefe del Departamento de Investigación del SERIDA.
- Presidente suplente: Antonio Martínez, Jefe del Área de la Estación Experimental de Grado.
- Vocales titulares: Nuria Pedrol Bonjoch y Begoña de la Roza Delgado, Investigadoras del Área de Nutrición, Pastos y Forrajes del SERIDA.
- Vocales Suplentes: Adela Martínez Fernández y Fernando Vicente Mainar, Investigadoras del Área de Nutrición, Pastos y Forrajes del SERIDA.
- Secretario titular: Fernando Andrés Villamil Chamarro, Responsable del Área de Gestión Presupuestaria, Contratación y Personal del SERIDA.
- Secretaria Suplente: Amelia Suárez Prendes, licenciada en biología y funcionaria de carrera del Principado de Asturias.

8.2. La actuación de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Una vez analizados los curricula, la Comisión de Valoración formulará al Director Gerente del SERIDA la propuesta de asignación de la beca, así como de la lista de suplentes y su orden de prelación para los casos de renuncia o revocación de la misma.

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