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Bolsa de empleo de Auxiliares de Laboratorio del SERIDA
RESOLUCION de 28 de enero de 2003, de la Dirección Gerencia
del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario del
Principado de Asturias, por la que se convocan pruebas selectivas para la
constitución de una bolsa de empleo de Auxiliares de Laboratorio Descargar Solitcitud
de Admisión a Pruebas Selectivas para Acceso al Serida 1.—Objeto de la convocatoria. Se convocan pruebas selectivas para la elaboración de una
bolsa de empleo de Auxiliares de Laboratorio, para la provisión de plazas de
funcionario interino o personal laboral temporal. 2.—Requisitos de los aspirantes. 1) Nacionalidad española o de un país miembro de la Unión
Europea o de un tercer Estado al que se le reconozca la libre circulación de
trabajadores en la Unión Europea, si la designación se le produce como
funcionario interino. 2) Edad comprendida entre los 18 años y la legal de
jubilación. 3) No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. 4) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que
impida el normal desarrollo de las funciones inherentes a la plaza. 5) Estar en posesión de la titulación de Técnico/a de
Laboratorio o equivalente. Los expresados requisitos de participación deberán poseerse
el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base
siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión. 3.—Presentación de instancias. Las instancias para formar parte del concurso se presentarán
en el Registro del S.E.R.I.D.A., Ctra. de Oviedo, s/n, 33300-Villaviciosa, en el
plazo de diez días naturales, a partir de la fecha siguiente a la publicación de
la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Las instancias podrán presentarse también en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes acompañarán a la instancia, en original o
copia compulsada, cuanta documentación estimen conveniente en orden a la
acreditación de los méritos que hayan de ser apreciados por la Comisión de
Valoración constituida al efecto. Los méritos alegados y no justificados documentalmente no
serán tomados en consideración por la Comisión de Valoración. 4.—Comisión de Valoración. • Presidente: Belén Suárez Valles. • Presidente suplente: Begoña de la Roza Delgado. • Vocales: — Vocal primero: Sagrario Modroño Lozano. — Vocal primero suplente: Mercedes Mocha Costales. — Vocal segundo: Javier Moreno Fernández. — Vocal segundo suplente: Aurelio González García. — Vocal representante del Comité de Empresa: Ana Piccinelli Lobo. — Vocal representante del Comité de Empresa
(suplente): Ana Belén Soldado Cabezuelo. • Secretaria: Aurora Amado Carrió. • Secretario suplente: José Manuel Viña Viñes. 5.—Estructura y clasificación de las pruebas. El proceso selectivo se realizará mediante concurso. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y
probados documentalmente por los aspirantes, conforme al siguiente baremo: A) Experiencia: 1) Por prestación de servicios en la Administración
Pública, en puestos de Auxiliar de Laboratorio: 0,30 puntos por mes completo
de trabajo. 2) Por prestación de servicios en el sector privado, en
puestos de Auxiliar de Laboratorio: 0,15 puntos por mes completo de trabajo
efectivo. Para la valoración de experiencia en el sector privado deberá
acreditarse fehacientemente por los aspirantes que las funciones por ellos
desempeñadas se corresponden con las propias de los puestos de Auxiliar de
Laboratorio. B) Cursos: Por cursos que tuvieran relación con las actividades propias
del puesto de Auxiliar de Laboratorio se establece la siguiente puntuación,
según el número de horas: • 0,02 puntos por cada curso con una duración máxima de
15 horas. • 0,05 puntos por cada curso de duración superior a 15
horas e inferior a 30 horas. • 0,08 puntos por cada curso de duración superior a 30
horas e inferior a 50 horas. • 0,1 puntos por cada curso de duración superior a 50
horas e inferior a 100 horas. • 0,15 puntos por cada curso de duración superior a 100
horas. 6.—Elaboración de las bolsas de aspirantes. Concluida la fase de valoración de pruebas, la Comisión de
Valoración elaborará la lista de los aspirantes estableciendo el orden de
prelación para su contratación. En función del número de aspirantes presentados y de los
méritos alegados por los mismos, la Comisión de Valoración se reserva la
posibilidad de establecer una puntuación mínima para formar parte de las bolsas
de trabajo que se constituyan. Los candidatos que resulten seleccionados no ostentarán
derecho subjetivo alguno a la formalización de contratos de trabajo o al
nombramiento de funcionarios interinos salvo en los casos en que sea preciso, a
juicio del S.E.R.I.D.A., proveer sustituciones por razones de servicio. La lista de la bolsa de empleo será expuesta en los tablones
de anuncios de las sedes del S.E.R.I.D.A. Los aspirantes propuestos, cuando sean llamados para su
contratación, deberán presentar en la unidad administrativa del S.E.R.I.D.A. de
Villaviciosa la documentación acreditativa de reunir todos los requisitos
señalados en la base número 2. En lo no previsto en estas bases será de aplicación el
Reglamento de Selección e Ingreso de Personal al Servicio de la Administración
del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de
alzada ante el Presidente del S.E.R.I.D.A. y Consejero de Medio Rural y Pesca en
el plazo de un mes, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, se interponga
cualquier otro recurso que a juicio del interesado resulte mas conveniente para
la defensa de sus derechos e intereses. Villaviciosa, a 28 de enero de 2003.—El Director Gerente del S.E.R.I.D.A..—1.568.