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Bolsa de empleo de Oficiales Pecuarios para el SERIDA

RESOLUCION de 28 de enero de 2003, de la Dirección Gerencia del Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario del Principado de Asturias, por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo de Oficiales Pecuarios

Descargar Solitcitud de Admisión a Pruebas Selectivas para Acceso al Serida

1.—Objeto de la convocatoria.

Se convocan pruebas selectivas para la elaboración de una bolsa de empleo de Oficiales Pecuarios, para la provisión de plazas de funcionario interino o personal laboral temporal.

2.—Requisitos de los aspirantes.

1) Nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea o de un tercer Estado al que se le reconozca la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea, si la designación se le produce como funcionario interino.

2) Edad comprendida entre los 18 años y la legal de jubilación.

3) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

4) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones inherentes a la plaza.

5) Estar en posesión de la titulación de Técnico de la familia profesional de Actividades Agrarias o equivalente.

Los expresados requisitos de participación deberán poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión.

3.—Presentación de instancias.

Las instancias para formar parte del concurso se presentarán en el Registro del S.E.R.I.D.A., Ctra. de Oviedo, s/n, 33300-Villaviciosa, en el plazo de diez días naturales, a partir de la fecha siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Las instancias podrán presentarse también en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Los aspirantes acompañarán a la instancia, en original o copia compulsada, cuanta documentación estimen conveniente en orden a la acreditación de los méritos que hayan de ser apreciados por la Comisión de Valoración constituida al efecto.

Los méritos alegados y no justificados documentalmente no serán tomados en consideración por la Comisión de Valoración.

4.—Comisión de Valoración.

Estará constituido por los siguientes miembros:

• Presidente: Fernando Andrés Villamil Chamarro.

• Presidente suplente: Juan José Mangas Alonso.

• Vocales:

— Vocal primero: Juan José Murcia Armayor.

— Vocal primero suplente: Angel Felgueres Fernández.

— Vocal segundo: Paulino Dapía Peláez.

— Vocal segundo suplente: María Josefa García Espina.

— Vocal representante del Comité de Empresa:

José Floresvindo Suárez Menéndez.

— Vocal representante del Comité de Empresa:

Norman Fernández Tascón.

• Secretario: Jorge Díaz Castillo.

• Secretario suplente: Isabel Pérez Fernández.

5.—Estructura y clasificación de las pruebas.

El proceso selectivo se realizará mediante concurso.

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y probados documentalmente por los aspirantes, conforme al siguiente baremo:

A) Experiencia:

1) Por prestación de servicios en la Administración Pública, en puestos de Oficial Pecuario: 0,30 puntos por mes completo de trabajo.

2) Por prestación de servicios en el sector privado, en puestos de Oficial Pecuario: 0,15 puntos por mes completo de trabajo efectivo.

Para la valoración de experiencia en el sector privado deberá acreditarse fehacientemente por los aspirantes que las funciones por ellos desempeñadas se corresponden con las propias de los puestos de Oficial Pecuario.

B) Cursos:

Por cursos que tuvieran relación con las actividades propias del puesto de Oficial Pecuario se establece la siguiente puntuación, según el número de horas:

• 0,02 puntos por cada curso con una duración máxima de 15 horas.

• 0,05 puntos por cada curso de duración superior a 15 horas e inferior a 30 horas.

• 0,08 puntos por cada curso de duración superior a 30 horas e inferior a 50 horas.

• 0,1 puntos por cada curso de duración superior a 50 horas e inferior a 100 horas.

• 0,15 puntos por cada curso de duración superior a 100 horas.

6.—Elaboración de las bolsas de aspirantes.

Concluida la fase de valoración de pruebas, el Tribunal Calificador elaborará la lista de los aspirantes estableciendo el orden de prelación para su contratación.

En función del número de aspirantes presentados y de los méritos alegados por los mismos, el Tribunal de Calificación se reserva la posibilidad de establecer una puntuación mínima para formar parte de las bolsas de trabajo que se constituyan.

Los candidatos que resulten seleccionados no ostentarán derecho subjetivo alguno a la formalización de contratos de trabajo o al nombramiento de funcionarios interinos salvo en los casos en que sea preciso, a juicio del S.E.R.I.D.A., proveer sustituciones por razones de servicio.

La lista de la bolsa de empleo será expuesta en los tablones de anuncios de las sedes del S.E.R.I.D.A.

Los aspirantes propuestos, cuando sean llamados para su contratación, deberán presentar en la unidad administrativa del S.E.R.I.D.A. de Villaviciosa la documentación acreditativa de reunir todos los requisitos señalados en la base segunda.

En lo no previsto en estas bases será de aplicación el Reglamento de Selección e Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Principado de Asturias, aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente del S.E.R.I.D.A. y Consejero de Medio Rural y Pesca en el plazo de un mes, sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, se interponga cualquier otro recurso que a juicio del interesado resulte mas conveniente para la defensa de sus derechos e intereses.

Villaviciosa, a 28 de enero de 2003.—El Director Gerente del S.E.R.I.D.A.—1.570.

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